El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASSST) estará integrado por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes:
De 10 a 49 | Trabajadores, un representante por cada una de las partes. |
De 50 a 499 | Trabajadores, dos representantes por cada una de las partes. |
De 500 a 999 | Trabajadores, tres representantes por cada una de las partes. |
De 1.000 | O más trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes. |
Conformación del COPASST 2023 – 2025
Tatiana Beatriz Sena Jaramillo | Presidenta |
María Elena Mesa Aristizábal | Secretaria |
Francy Hurtado | Vocal |
Emmy Tapias Portela | Vocal |
A las reuniones del Comité sólo asistirán los miembros principales. Los suplentes asistirán por ausencia de los principales y serán citados a las reuniones por el Presidente del Comité.
Normatividad aplicable
La Resolución 2013 de 1986 de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y Salud, artículos 11, 12 y 13: Incluye funciones generales, funciones del presidente y del secretario.
El Decreto 1295 de 1994 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social: Incorpora el aumento a dos (2) años el período de permanencia de los miembros del Comité para el cumplimiento de sus funciones.
Resolución 1401 de 2007: Involucra a un representante del comité en la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.
Decreto 1072 de 2015: Amplía la participación del COPASST en las actividades de seguimiento al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa
Funciones
- Proponer medidas y actividades que promuevan y mantengan la salud de los trabajadores.
- Proponer y participar en actividades de capacitación.
- Colaborar con entidades gubernamentales y recibir los informes.
- Vigilar el desarrollo de las actividades en seguridad y salud en el trabajo.
- Colaborar en el análisis de causas de accidente de trabajo y enfermedad laboral y proponer medidas correctivas.
- Visitar e inspeccionar lugares y ambientes de trabajo, informar al empleador y sugerir medidas correctivas.
- Estudiar y considerar sugerencias de los trabajadores.
- Servir como organismo de coordinación entre trabajadores y empleador en temáticas de seguridad y salud en el trabajo.
- Solicitar a la empresa informes de accidentalidad.
- Elegir secretario.
- Mantener soportes de actividades.
- Recibir y analizar la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Validar la existencia de recursos para el cumplimiento de sus funciones.
- Recibir información sobre el desarrollo de las etapas del sistema de gestión y emitir las recomendaciones correspondientes.
- Revisar el programa de capacitación mínimo una vez al año e identificar acciones de mejora.
- Conocer los resultados de las evaluaciones de los ambientes de trabajo y emitir recomendaciones.
- Apoyar la identificación de peligros y evaluación de riesgos asociados a los cambios.
- Participar en la planificación de la auditoría anual.
- Conocer los resultados de la revisión por la dirección.
- Formar parte del equipo investigador de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
- Presentar recomendaciones para la mejora.